- 20/09/2021
Para cualquier modalidad, se entiende como componente a cualquier persona que interpreta sonoramente alguna parte del repertorio.
Una agrupación puede tener inscrito un número de componentes mayor que el máximo permitido para su modalidad, siempre que en ningún momento coincidan en la interpretación de alguna copla del repertorio un número superior al máximo permitido, pudiendo cambiar alguno de esos componentes inscritos en cualquier momento de la actuación, incluyéndose la posibilidad que esos cambios se realicen durante la interpretación de una copla.
Todos los integrantes de la agrupación pueden permanecer en el escenario, si así lo requiere su actuación y repertorio.
Si durante la actuación se supera el número máximo de componentes, interpretando sonoramente a la misma vez, la agrupación incurriría en FALTA MUY GRAVE.